• Un avión cada dos minutos, un avión cada dos minutos...: - Este era un pueblo tranquilo, salí­as a pasear y oí­as a los pájaros. Ahora, CADA DOS MINUTOS, escuchas el rugido de un avión. Unos dicen que es progreso, ya veremos que dicen cuando sus propiedades bajen de precio, debido al paso de tantos aviones por este municipio (véase el ejemplo en otros lugares).
  • Protesta a nuestro Ayuntamiento.
  • Plataforma de afectados de Tres Cantos. Súmate.
  • Impacto Acústico del Aeropuerto de Madrid-Barajas.

    miércoles, septiembre 26, 2007

    AENA SE LO GUISA, AENA SE LO COME

    ACIMA* presentó ante el Ministerio de Medio Ambiente las alegaciones al mapa estratégico de ruido elaborado por AENA al tiempo que denunció la vulneración del derecho de acceso a la información por entender que este borrador primero de Mapa estratégico de ruido del aeropuerto de Barajas no se debería haber presentado a exposición al público sin haber sido antes informado por ese Ministerio, pues el publico afectado debe conocer su opinión, dada la independencia de criterio que se le debe presumir, pues ha sido el propio órgano gestor y responsable del aeropuerto quien ha hecho el mapa. No sirve a la objetividad y transparencia y además limita el derecho de acceso a la información, el que el público afectado sólo pueda pronunciarse respecto a la opinión del ente gestor AENA, para el caso de que el informe se hiciera con carácter posterior a esta puesta de manifiesto a información pública. Se le denunció que se había omitido información relevante sobre la cual sería preciso que el Ministerio de Medio Ambiente se pronunciara, dada su responsabilidad y participación en todo el proceso de evaluación de impacto ambiental del aeropuerto y su posterior seguimiento, y dado que no se ha puesto al alcance de los ciudadanos ni de los Municipios afectados, información detallada suficiente para entender y comprobar de donde y como se llega al mapa y cifras que en él se contemplan. Así se solicitó al Ministerio de Medio ambiente, en cumplimiento del deber de colaboración entre administraciones concurrentes, que inste la nulidad del borrador o mapa elaborado por AENA, así como la realización de otro más adecuado a la legalidad y realidad, en cuya elaboración se habrá de garantizar que tanto afectados como municipios puedan tener acceso a toda la información necesaria y datos que han sido utilizados, con el fin de poder verificar y comprender la realidad de sus resultados, estableciendo para ello jornadas técnicas o encuentros en las que los responsables de los datos muestren cómo se han llegado a los resultados obtenidos, cuales se hayan utilizado, justifiquen adecuadamente los procedimientos elegidos y respondan a las dudas y cuestiones que los afectados y sus representantes municipales les planteen. Se le solicitó su intervención para la publicación de información actualizada sobre otros valores e índices en la WEB de AENA, tales como el Lden, Lev, Ldia (de 8 horas) LMAX Y SEL., sobre superaciones de los umbrales de contaminación acústica por las aeronaves en sus operaciones y desviaciones de ruta, sobre límites de emisión acústica permitidos a las aeronaves en sus operaciones aeroportuarias, en los diferentes puntos de las trayectorias, que el publico afectado desconoce (y con ello su efectos respecto a determinación de los valores promedio día de inmisión que AENA publica) por lo que no habiendo sido determinado por la DIA aprobada en 2001, procede establecer una condición adicional o complementaria mediante la exigencia de medidas correspondiente, pues sin dichos datos no es posible exigir responsabilidades a las compañías que infrinjan los límites de emisión establecidos ni hacer un seguimiento del cumplimiento o no de las condiciones de la propia DIA. Además, tal y como se hizo en la DIA de 1996 se debería haber obligado a AENA y al Ministerio de Fomento a informar al público sobre las compañías y vuelos que vulneran las trayectorias y límites de valores de emisión acústicos o procedimientos antirruido, por lo que solicitamos su intervención, para que dicha condición sea establecida, en virtud de sus competencias, ante la probada ineficacia del ente gestor en perseguir y sancionar dichos incumplimientos. Si a ello se le añade además, que las isófonas y actuales rutas fueron aprobadas por la CSAM SIN PARTICIPACIÓN CIUDADANA (LO CUAL LOS VICIA DE NULIDAD) sería inadmisible que una vez mas se le limitara al público el acceso a la información suficiente para poder tener una PARTICIPACIÓN EFECTIVA DESDE UNA FASE TEMPRANA DEL PROCECIMIENTO.Esta participación efectiva que exigimos en esta fase de conocimiento del proceso de redacción del mapa es condición sine qua non para la eficacia de la participación en la adopción de las medidas que se hayan de implementar a la hora de elaborar el Plan estratégico. Finalmente se le solicitó que llevara a cabo las actuaciones necesarias a fin de que las isófonas aprobadas por la CSAM en enero de 2004, las incorporadas al Plan Director del Aeropuerto y las que finalmente se incorporen al Mapa Estratégico de ruido, constituyan un cuerpo de conocimiento armónico y coherente de los efectos y molestias por ruido que la explotación del aeropuerto comporta a los vecinos, de forma que todos podamos saber el significado, objetivos y para qué sirven cada uno de ellos.

    Fuente: PERIÓDICO DEL RUIDO EN BARAJAS (15/09/2007)

    * ACIMA: Asociación para la Comunicación e Información Medio Ambiental ACIMA, fue constituida como entidad sin ánimo de lucro de ámbito nacional en el año 1996 por profesionales del medio ambiente con el objetivo de suministrar, divulgar, y facilitar el acceso a la información ambiental y muy especialmente a su legislación, estimular la participación ciudadana en la aprobación de todos los planes, medidas y proyectos que afecten al medio ambiente, así como facilitar el acceso a la justicia en dicho ámbito, todo ello en cumplimiento y desarrollo del Convenio Internacional de Aarhus.
    Enviado por: LA MALPEINADA